jueves, 9 de noviembre de 2017
lunes, 30 de octubre de 2017
Software libre para una sociedad Libre.
Software libre para una sociedad Libre.
Software libre para una sociedad libre (título original: Free Software Free Society: Selected Essays of Richard M. Stallman) es un libro que recopila diversos ensayos de Richard M. Stallman, fundador de la Fundación del Software Libre. Fue publicado en 2002 bajo la GNU Free Documentation License. El manuscrito ha recibido al día de hoy dos actualizaciones. La primera data del 2010 (segunda edición) y la segunda del 2015 (tercera edición). Existe una traducción al español correspondiente a la primera edición del libro que fue publicada en el año 2004 y realizada por la editorial de Traficantes de Sueños.
Es un libro de referencia dentro del movimiento del software libre y recomendado por profesores y columnistas de distintas instituciones por ser una pieza fundamental en la comunicación de las ideas del software libre. La primera edición contiene un total de 21 ensayos escritos entre 1984 y 2002 sobre ética, derecho, negocios y sus implicaciones en el software. Incluyen el manifiesto de GNU así como transcripciones de diversas charlas. Marco Fioretti realizó un análisis del libro para la revista Linux Journa2 en el cual califica al manuscrito como una lectura necesaria no sólo para programadores. En palabras de Fioretti «es crucial que todo el mundo piense acerca de estos problemas, saque sus propias conclusiones y las siga. Incluso si rechazas las ideas de Stallman, debes saber porqué, y este libro te ayudará
Libertades del Software libre
Libertades del Software libre
Libertad 0. Libertad de ejecutar el programa como desees.
Libertad 1. Libertad de estudiar el codigo fuente del programa y realizar los cambios que desee el programador.
Libertad 2. Libertad de ayudar a tu programa. Crear copias exactas del programa y distribuirlas bien gratuitamente o con la libertad de vender tu desarrollo. Estas dos opciones estan permitidas por la comunidad.
Libertad 3. Libertad para contribuir a tu Comunidad. Hacer copias de tus versiones modificadas y distribuirlas entre los demas.
Caracteristicas del Software libre
Características del Software libre
1) Los usuarios de software libre esperan licencias abiertas
Los vendedores de software privativo como Adobe han experimentado con versiones de GNU/Linux y han concluido que los usuarios de software libre no suelen comprar software privativo. Sin embargo, empresas como Red Hat han demostrado que dicha conclusión es más bien un fracaso de un método alternativo de negocio que una observación de la realidad.
Dada una oportunidad, los usuarios de software libre no rechazan licencias propietarias que restringan su libertad de copiar y redistribuir el software. Algunos pueden soportar licencias propietarias si el software tiene funciones que no están disponibles en otros. Además, suelen aceptar una licencia propietaria de software no esenciales, como los videojuegos. Pero, a la primera señal de una alternativa, probablemente abandonen el software que no es libre.
2) Los usuarios de software libre esperan actualizaciones regulares y parches
Los sistemas operativos libres se establecen para la gratificación instantánea. ¿Quieres un pedazo del software? Cambie la cuenta de root, y en cinco minutos lo tienes instalado y listo para usar sin necesidad de reiniciar.
En el software libre, las actualizaciones y parches no son un evento que ocurran una vez al año. Suelen ser más frecuentes. Los que mantienen el proyecto tienen una gran responsabilidad y toman parte de su tiempo personal para conseguir arreglar un error o mejorar la seguridad, lo más rápido posible.
3) Los usuarios de software libre esperan trabajar de la forma que ellos elijan
Cuando un usuario da el salto de Windows a GNU/Linux, la primera cosa que nota es que dispone de muchas opciones de personalización en el aspecto y el funcionamiento del escritorio. Estas opciones son un resultado directo de la sensación de control que el software libre fomenta en sus usuarios. Si el salto es al revés, suelen sentirse restringidos, se ven obligados a hacer las cosas de la forma en que los desarrolladores quieren que lo hagan, en vez de sus propias preferencias.
4) Los usuarios de software libre exploran
El usuario medio de Windows tiene pocos incentivos para aprender a administrar su sistema. Sin embargo, en los sistemas de software libre, la exploración es más fácil.
5) Los usuarios de software libre aprenden por categorías de software, no por programas
Esto hace que los cambios sean menos traumáticos. El software privativo puede ser costoso y no es muy inteligente “casarse” con un paquete de oficina, un navegador web, etc.
Hay que atreverse a dejar la cultura dominante. Cuando eso sucede, se dan los primeros pasos para dejar de ser un consumidor pasivo y convertirte en el dueño de tus propias máquinas
lunes, 23 de octubre de 2017
Filosofia del Software Libre;
Filosofia del Software Libre;
Richard Stallman, pionero de este movimiento a nivel mundial, aclara que software libre (Free Software) es un asunto de libertad. La palabra "free" en inglés se malinterpreta como "gratis" o libre de costo. La palabra "free" se refiere a la libertad de los usuarios de poder ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, cambiar y mejorar el software.
Es software libre, entonces, aquel que cumple estas cuatro libertades. El acceso al código fuente es un requisito previo para que se den las libertades 1 y 3. El código fuente son las líneas de código escritas en un lenguaje de programación, las cuales nos sirven para ver como están construidas las instrucciones del programa y es posible hacer modificaciones (al código) de acuerdo a las propias necesidades, claro, respetando la licencia de software en cuestión. No hay necesidad de avisarle o pedirle permiso a alguien por haber hecho tales mejoras al código. Si consideras que estas modificaciones pueden ser importantes para el funcionamiento de la aplicación, tienes la libertad de publicarlos para que otras personas puedan beneficiarse de estas mejoras. Si tienes el código fuente puedes convertirlo a código ejecutable (binario) por medio de un compilador o interprete de ese lenguaje de programación. Este código ejecutable es el que instalas en la computadora y correrlo con el click del ratón.
El software propietario, shareware, freeware, entre otros, no te dan la libertad de acceder al código fuente, por lo tanto no puedes hacerle mejoras ya que sólo te entregan el código binario o ejecutable, el cual no puedes modificar, y si intentas modificarlo (lo cual es imposible) te puedes meter en problemas legales. El software propietario te restringe a un más, ya que ni siquiera puedes distribuirlo o copiarlo ya que las licencias, en la mayoría de los casos, están restringidas por usuario.
Para que las libertades de hacer modificaciones y de publicar versiones mejoradas tengan sentido, debes tener acceso al código fuente del programa. Por lo tanto, la posibilidad de acceder al código fuente es una condición necesaria para el software libre. Si el software no cumple con las 4 libertades, mencionadas anteriormente, entonces no es software libre.
domingo, 24 de septiembre de 2017
Propuestas presentadas
Propuestas presentadas
Se presentaron propuestas para desarrollar nuevos programas operativos y crear
nuevos métodos de comunicación. Un usuario del software libre propuso crear un
sistema electrónico en abastecimientos públicos y privados que incluya datos del
Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) con la
finalidad de evitar la fuga de productos básicos y tener un sistema más estricto que
controle la venta adecuada de alimentos, similar al captahuellas.
También propuso trabajar en un proyecto para teléfonos que brinde orientación a
personas con discapacidad visual, auditiva y motora.
Ventajas del pais
Ventajas del pais
El país tiene una gran ventaja al contar con un satélite propio, el satélite Simón
Bolívar. se debe estudiar la posibilidad de dar servicios al exterior con las
capacidades de los desarrolladores nacionales de las empresas publicas y privadas.
Si algo tienen los venezolanos son sus poderes creadores, y si en algún ámbito se
puede crear es en el ámbito de las telecomunicaciones y la informática". “Hoy
estamos reunidos con este sector que siempre ha tenido su saldo positivo,
productivo. Aún cuando tenga decrecimiento, siempre está en positivo.
Motor de telecomunicaciones e informática
Motor de telecomunicaciones e informática
Precisamente, el Motor de Telecomunicaciones e Informática es uno de los nueve
sectores prioritarios a ser reimpulsados a través del Consejo de Economía
Productiva, instancia que busca romper con el rentismo petrolero y apalear la
coyuntura económica actual.
En el caso del Motor de Telecomunicaciones: una dedicada a buscar mecanismos
para el desarrollo de aplicaciones de software, y otra que estará orientada en
potenciar la fabricación de dispositivos digitales (computadoras, tabletas y
teléfonos).
"Nos corresponde ahora generar fuentes alternativas para poder mantener y activar
todos los sectores de la economía que nos permitan seguir profundizando el modelo
social que hemos venido construyendo .Asimismo indicó que a diferencia de otros
sectores, el área de las telecomunicaciones ha presentado màs de 47 meses
consecutivos de desarrollo pese al declive de los precios del petróleo.
Gran potencial
Gran potencial
Venezuela es un país que tiene "un gran potencial para el desarrollo de aplicaciones
de software libre", y por ello llamó al sector privado a invertir en la implementación
de nuevos desarrolladores, para mejorar los servicios y dejar de depender de
empresas transnacionales.
Función del sector privado
Función del sector privado
De igual manera, destacó que el sector privado debe invertir en el Estado, en los
desarrolladores, en las comunidades, para contribuir con la eficiencia del sector y
dejar de depender de empresas trasnacionales, “si algo tienen los venezolanos, son
sus poderes creadores, y si en algún ámbito se puede crear, casi que
ilimitadamente, es en el de las Telecomunicaciones y la Informática. Es un elemento
transversal en el siglo XXI”.
Acceso a internet
Acceso a internet
Venezuela “es un país donde se ha
democratizado el acceso a Internet a través de muchas fuentes, entre ellas
Infoncentro y la propia Cantv, con sus planes para el acceso justo y equitativo; es
un país que tiene un gran potencial para el desarrollo de aplicaciones en software”.
Ente responsable del impulso de este motor
Ente responsable del impulso de este motor
El ente responsable de impulsar este motor es el Ministerio del Poder Popular para
Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología.
Propuestas del motor 13
Propuestas del motor 13
En estas mesas se abordò, además, el desarrollo de programas y aplicaciones,
producción de equipos informáticos y de telecomunicaciones. Para conducirlas
encargaron a Manuel Fernández, presidente de la Cantv y Movilnet; Kenny Ossa,
ingeniero mecánico y profesor de la Universidad Central de Venezuela y el experto
en Informática y director de Tecnología de VenVidrio, Higinio Benítez.
Actores de los sectores públicos y privados
Actores de los sectores públicos y privados
En ambas mesas se incorporaron todos los actores que hacen vida en el sector
público y privado de las Tecnologías de la Información y la Comunicación,
telecomunicaciones, emprendedores, innovadores y comunidades de Tecnologías
Libres, quienes expusieron propuestas que permitan fortalecer el aparato
económico productivo, el incremento de las capacidades de producción nacional,
ingreso de divisas, sustitución de importaciones y contribución a las medidas del
Gobierno Bolivariano para combatir la guerra económica.
Actividades primordiales del motor 13
Actividades primordiales del motor 13
En el marco de la conformación del Consejo Nacional de Economía Productiva, que
tiene como propósito impulsar el desarrollo del país a través de políticas
revolucionarias se instaló la primera reunión del Motor de Telecomunicaciones e
Informática, estructurado en dos mesas de trabajo: la primera dirigida al Desarrollo
de Programas y Aplicaciones (software), y una segunda orientada a la Producción
de Equipos Informáticos y Telecomunicaciones
Motor económico 13
Motor Económico Nº 13
En el marco de la conformación del Consejo Nacional de Economía Productiva, que
tiene como propósito impulsar el desarrollo del país a través de políticas
revolucionarias se instaló la primera reunión del Motor de Telecomunicaciones e
Informática, estructurado en dos mesas de trabajo: la primera dirigida al Desarrollo
de Programas y Aplicaciones (software), y una segunda orientada a la Producción
de Equipos Informáticos y Telecomunicaciones
En ambas mesas se incorporaron todos los actores que hacen vida en el sector
público y privado de las Tecnologías de la Información y la Comunicación,
telecomunicaciones, emprendedores, innovadores y comunidades de Tecnologías
Libres, quienes expusieron propuestas que permitan fortalecer el aparato
económico productivo, el incremento de las capacidades de producción nacional,
ingreso de divisas, sustitución de importaciones y contribución a las medidas del
Gobierno Bolivariano para combatir la guerra económica.
En estas mesas se abordò, además, el desarrollo de programas y aplicaciones,
producción de equipos informáticos y de telecomunicaciones. Para conducirlas
encargaron a Manuel Fernández, presidente de la Cantv y Movilnet; Kenny Ossa,
ingeniero mecánico y profesor de la Universidad Central de Venezuela y el experto
en Informática y director de Tecnología de VenVidrio, Higinio Benítez.
El ente responsable de impulsar este motor es el Ministerio del Poder Popular para
Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología. Venezuela “es un país donde se ha
democratizado el acceso a Internet a través de muchas fuentes, entre ellas
Infoncentro y la propia Cantv, con sus planes para el acceso justo y equitativo; es
un país que tiene un gran potencial para el desarrollo de aplicaciones en software”.
De igual manera, destacó que el sector privado debe invertir en el Estado, en los
desarrolladores, en las comunidades, para contribuir con la eficiencia del sector y
dejar de depender de empresas trasnacionales, “si algo tienen los venezolanos, son
sus poderes creadores, y si en algún ámbito se puede crear, casi que
ilimitadamente, es en el de las Telecomunicaciones y la Informática. Es un elemento
transversal en el siglo XXI”.
Venezuela es un país que tiene "un gran potencial para el desarrollo de aplicaciones
de software libre", y por ello llamó al sector privado a invertir en la implementación
de nuevos desarrolladores, para mejorar los servicios y dejar de depender de
empresas transnacionales.
El Estado tiene que dejar de pagar licencias a software privativos salvo en aquellos
ámbitos en que sea inevitable. Igualmente el sector privado tiene que hacer una
inversión en los desarrolladores para ser más eficientes y no estar enriqueciendo a
las transnacionales
Precisamente, el Motor de Telecomunicaciones e Informática es uno de los nueve
sectores prioritarios a ser reimpulsados a través del Consejo de Economía
Productiva, instancia que busca romper con el rentismo petrolero y apalear la
coyuntura económica actual.
En el caso del Motor de Telecomunicaciones: una dedicada a buscar mecanismos
para el desarrollo de aplicaciones de software, y otra que estará orientada en
potenciar la fabricación de dispositivos digitales (computadoras, tabletas y
teléfonos).
Nos corresponde ahora generar fuentes alternativas para poder mantener y activar
todos los sectores de la economía que nos permitan seguir profundizando el modelo
social que hemos venido construyendo .Asimismo indicó que a diferencia de otros
sectores, el área de las telecomunicaciones ha presentado màs de 47 meses
consecutivos de desarrollo pese al declive de los precios del petróleo.
El país tiene una gran ventaja al contar con un satélite propio, el satélite Simón
Bolívar. se debe estudiar la posibilidad de dar servicios al exterior con las
capacidades de los desarrolladores nacionales de las empresas publicas y privadas.
Si algo tienen los venezolanos son sus poderes creadores, y si en algún ámbito se
puede crear es en el ámbito de las telecomunicaciones y la informática". “Hoy
estamos reunidos con este sector que siempre ha tenido su saldo positivo,
productivo.
Aún cuando tenga decrecimiento, siempre está en positivo.
Se presentaron propuestas para desarrollar nuevos programas operativos y crear
nuevos métodos de comunicación. Un usuario del software libre propuso crear un
sistema electrónico en abastecimientos públicos y privados que incluya datos del
Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) con la
finalidad de evitar la fuga de productos básicos y tener un sistema más estricto que
controle la venta adecuada de alimentos, similar al captahuellas.
También propuso trabajar en un proyecto para teléfonos que brinde orientación a
personas con discapacidad visual, auditiva y motora
Dentro del Motor de Telecomunicaciones se creen los mecanismos adecuados para
reactivar la empresa y aumentar la capacidad de producción que permita fabricar
discos Blu-Ray, también proponen masificar la creación de aplicaciones educativas
en los equipos Canaimas además de crear sistemas para facilitar la emisión de
trámites por internet.

lunes, 10 de julio de 2017
lunes, 3 de julio de 2017
miércoles, 21 de junio de 2017
domingo, 18 de junio de 2017
domingo, 11 de junio de 2017
domingo, 4 de junio de 2017
domingo, 7 de mayo de 2017
Hardware Libre
Hardware libre:
El concepto de hardware libre, a diferencia del
software, todavía no tiene una identidad única. Proyectos no
completamente iguales a los de la filosofía del software libre, con
licencias GNU o GPL, comparten denominaciones similares. Incluso el
mismo Richard Stallman reconoce las dificultades para fijar los términos
de dispositivos físicos, aunque sus esquemas sí que puedan difundirse
con licencias GPL.
El principal enemigo de estos desarrollos son las restricciones propietarias y sobre todo algunas patentes y el DRM.
Así encontrar la manera de encarar estos retos son uno de los
alicientes que están impulsando la concreción de una licencia
específica.
Software libre en venezuela.
Software Libre en Venezuela
Para el Estado venezolano es política
prioritaria reconocer a las Tecnologías de Información Libres como
mecanismo para incentivar y fomentar la producción de bienes y servicios
dirigidos a satisfacer las necesidades del pueblo, socializar el
conocimiento, garantizar acceso igualitario a las tecnologías y aumentar
la capacidad nacional del sector.
Por esta razón, el 28 de diciembre de 2004 publica en Gaceta Oficial N° 38.095 el Decreto N° 3.390 que establece: “Artículo 1. La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos”.
El Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias (MCTI), a través del CNTI, el Gobierno Bolivariano avanza en materia de capacitación tecnológica, inserción de las tecnologías en las Misiones Bolivarianas, desarrollos de herramientas para la automatización de las instituciones públicas, redes de datos, acceso al conocimiento y normalización del sector de Tecnologías de Información Libres.
Por esta razón, el 28 de diciembre de 2004 publica en Gaceta Oficial N° 38.095 el Decreto N° 3.390 que establece: “Artículo 1. La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos”.
El Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias (MCTI), a través del CNTI, el Gobierno Bolivariano avanza en materia de capacitación tecnológica, inserción de las tecnologías en las Misiones Bolivarianas, desarrollos de herramientas para la automatización de las instituciones públicas, redes de datos, acceso al conocimiento y normalización del sector de Tecnologías de Información Libres.
Ley de delitos informaticos.
Ley especial contra los delitos de informática
Título I. Dispociciones generales:
Artículo 1:
Artículo 1:
El
objeto de la ley especial contra delitos informáticos es la protección
integral de aquellos sistemas que utizan tegnologías de información asi
como sancionar y prevenir cualquier intento de cometer estos delitos.
Artículo 2:
Artículo 2:
Nos proveo la defniciniones técnicas relacionados con la ley y la informática para conocer los aspectos básicos tales como:
- Tegnología de información: Es la rama de la tegnología que se dedica al estudio, aplicación y procesamiento de data lo cual involucra una serie de acciones.
- Sistema: Arreglo organizado de recursos y procedimientos diseñados para el uso de tecnologias de informacion.
- Data: Hechos, conceptos representados para que sean comunicados por medios de tecnologias.
- Información: Significado que el ser humano le asigna a la data utilizando las convenciones conocidas y generalmente aceptadas.
- Mensaje de datos: Es cualquier mensaje de data o información que son expresados en lenguajes que puedan ser explícito o incriptado que este preaprado dentro de un formato acorde con el sistema de comunicaciones.
Artículo 3:
La extraterritorialidad es cuando el delito cometido fue cometido fuera del territorio de la república y sera sujeto a dispociciones en el caso de haber producidos efectos dañinos y podra ser juzgado por tribunales internacionales o en algunos casos evadir esa condena.
La extraterritorialidad es cuando el delito cometido fue cometido fuera del territorio de la república y sera sujeto a dispociciones en el caso de haber producidos efectos dañinos y podra ser juzgado por tribunales internacionales o en algunos casos evadir esa condena.
Artículo 4:
Las sanciones que se podran llevar a cabo serán principales y accesorias, las principales concurriran con las accesorias y viceversa, de acuerdo con las circustancias particulares del delito y la ley.
Las sanciones que se podran llevar a cabo serán principales y accesorias, las principales concurriran con las accesorias y viceversa, de acuerdo con las circustancias particulares del delito y la ley.
Artículo 5:
La responsabilidad de las personas juridicas es que cuando algun gerente o administrador dependiente de esta persona o en su nombre responderan de acuerdo con su participación culpable.
Título II. De los delitos
La responsabilidad de las personas juridicas es que cuando algun gerente o administrador dependiente de esta persona o en su nombre responderan de acuerdo con su participación culpable.
Título II. De los delitos
Capítulo I
De los delitos contra los Sistemas que utilizan Tegnologías de Información
Artículo 6:
Cuando se realiza un acceso indebido sera penado con prisión y multa de unidades tributarias, aquellas personas que entren en un sistema de información sin la autorazición correspondiente por parte del dueño de lo contrario seria indebida e ilegal.
Artículo 7:
Cuando se realiza un sabotaje o daño a sitemas sera penado con prisión y multado con el pafo de unidades tributarias, aquellas personas que entren en un sistema sin la debida autorización corronpa o destruyas sistemas de información ajena.
Artículo 8:
Cuando se realiza un sabotaje o daños culposos por negligencia de manera prevista en el artículo anterior se aplicará la pena correspondiente y hasta con una reducción entre la mitad y dos tercios.
Artículo 9:
Cuando se realiza un acceso indebido o sabotaje a sistemas protegidos y la persona es responsable de realizar, vender, distribuir los materiales o istrumentos necesarios para ejecutarlos sera penado con prisión y multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 10:
Aquella persona que tenga posesión de equipos o prestación de equipos para el sabotaje de sistemas de datos y que ofresca estos servicios para alteral la seguridad sera multado con el pago unidades tributarias y con la prisión.
Artículo 11:
Aquella persona qu práctique el espionaje informático y que indebidamente obtenga, revele o difunda información ajena o perteneciente a cualquier organismo sera penado con la prisión y con una multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 12:
La persona que a través de cualquier medio o recurso altere un documento perteneciente a un sistema de tegnología de información y que a su vez lo utilize para fines ajenos sera penado con la prisión y multado con el pago unidades tributarias si hacen daño a alguien esta multa aumentará.
Capítulo II
Cuando se realiza un acceso indebido sera penado con prisión y multa de unidades tributarias, aquellas personas que entren en un sistema de información sin la autorazición correspondiente por parte del dueño de lo contrario seria indebida e ilegal.
Artículo 7:
Cuando se realiza un sabotaje o daño a sitemas sera penado con prisión y multado con el pafo de unidades tributarias, aquellas personas que entren en un sistema sin la debida autorización corronpa o destruyas sistemas de información ajena.
Artículo 8:
Cuando se realiza un sabotaje o daños culposos por negligencia de manera prevista en el artículo anterior se aplicará la pena correspondiente y hasta con una reducción entre la mitad y dos tercios.
Artículo 9:
Cuando se realiza un acceso indebido o sabotaje a sistemas protegidos y la persona es responsable de realizar, vender, distribuir los materiales o istrumentos necesarios para ejecutarlos sera penado con prisión y multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 10:
Aquella persona que tenga posesión de equipos o prestación de equipos para el sabotaje de sistemas de datos y que ofresca estos servicios para alteral la seguridad sera multado con el pago unidades tributarias y con la prisión.
Artículo 11:
Aquella persona qu práctique el espionaje informático y que indebidamente obtenga, revele o difunda información ajena o perteneciente a cualquier organismo sera penado con la prisión y con una multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 12:
La persona que a través de cualquier medio o recurso altere un documento perteneciente a un sistema de tegnología de información y que a su vez lo utilize para fines ajenos sera penado con la prisión y multado con el pago unidades tributarias si hacen daño a alguien esta multa aumentará.
Capítulo II
De los Delitos contra la Propiedad
Artículo 13:
La persona que a través de cualquier sistema que utlize un medio informático o de comunicación para apoderarse de bienes que son de otras personas y solo para su provecho económico sera penado con prisión y multado con el pago de unidades tributarias.
La persona que a través de cualquier sistema que utlize un medio informático o de comunicación para apoderarse de bienes que son de otras personas y solo para su provecho económico sera penado con prisión y multado con el pago de unidades tributarias.
Artículo 14:
La persona que a través de los sistemas o medios informáticos y por medio de la manipulación cometa actos de naturaleza fraudulenta para la modificación de cualquier resultado sera penado con prisión y multado con unidades tributarias.
Artículo 15:
La persona que indebidamente obtenga bienes o servicios que involucren tegnologías de información para requerir obtención de cualquier efecto sera penado con prisión y tendra que pagar una multa de unidades tributarias.
Artículo 16:
Aquella persona que realize un manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos y duplique o elimine información sera penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 17:
La persona que se apropie de una tarjeta inteligente o instrumento que por alguna equivocada razón este en las manos de esta persona y tenga la intención de utilizarlas para beneficio propio sera penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 18:
Refleja la provisión o uso indebido de bienes o servicios y aquella persona que los posee y los utilize con fines malignos sera penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 19:
La persona que este indebidamente autorizada posea un equipo para la falsificación de datos o documentos que involucree sistemas informáticos sera penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.
Capítulo III
La persona que a través de los sistemas o medios informáticos y por medio de la manipulación cometa actos de naturaleza fraudulenta para la modificación de cualquier resultado sera penado con prisión y multado con unidades tributarias.
Artículo 15:
La persona que indebidamente obtenga bienes o servicios que involucren tegnologías de información para requerir obtención de cualquier efecto sera penado con prisión y tendra que pagar una multa de unidades tributarias.
Artículo 16:
Aquella persona que realize un manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos y duplique o elimine información sera penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 17:
La persona que se apropie de una tarjeta inteligente o instrumento que por alguna equivocada razón este en las manos de esta persona y tenga la intención de utilizarlas para beneficio propio sera penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 18:
Refleja la provisión o uso indebido de bienes o servicios y aquella persona que los posee y los utilize con fines malignos sera penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.
Artículo 19:
La persona que este indebidamente autorizada posea un equipo para la falsificación de datos o documentos que involucree sistemas informáticos sera penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.
Capítulo III
De los Delitos contra la Privacidad de las personas y de las Comunicaciones
Artículo 20:
Cuando se refiere a la violación de la privacidad de la data o información de caracter personal y sin el consentimiento del dueño o la persona responsable sera penado con prisión y tendra que pagar una multa en unidades tributarias.
Artículo 21:
Cuando se refiere a una violación de la privacidad de las comunicaciones y el que mediante tegnologías modifique, altere o interfiera co la privacidad de estos servicios seria penado con prisión y pagará una multa de unidades tributarias.
Artículo 22:
Cuando una persona revela indebidamente datos o informaciones de caracter personal sin el concentimiento de esa persona sera penado con la prisión y el pago de una multa en unidades tributarias.
Cuando se refiere a la violación de la privacidad de la data o información de caracter personal y sin el consentimiento del dueño o la persona responsable sera penado con prisión y tendra que pagar una multa en unidades tributarias.
Artículo 21:
Cuando se refiere a una violación de la privacidad de las comunicaciones y el que mediante tegnologías modifique, altere o interfiera co la privacidad de estos servicios seria penado con prisión y pagará una multa de unidades tributarias.
Artículo 22:
Cuando una persona revela indebidamente datos o informaciones de caracter personal sin el concentimiento de esa persona sera penado con la prisión y el pago de una multa en unidades tributarias.
Capítulo IV
De los delitos contra niños, niñas o adolescentes
Artículo 23:
Cualquier difusión, divulgación o exhibición de material pornográfico con el uso de la tegnología y sistema de computación la cual no este autorizada y reservada a mayores de edad sera penada con prisión y una multa en unidades tributarias.
Artículo 24:
Al igual que en el artículo anterior pero en este caso de niños y adolescentes lo cual representa la misma magnitud y hasta peor por el uso de menores de edad sera penado con la prisión y a su vez con una multa a pagar en unidades tributarias.
Cualquier difusión, divulgación o exhibición de material pornográfico con el uso de la tegnología y sistema de computación la cual no este autorizada y reservada a mayores de edad sera penada con prisión y una multa en unidades tributarias.
Artículo 24:
Al igual que en el artículo anterior pero en este caso de niños y adolescentes lo cual representa la misma magnitud y hasta peor por el uso de menores de edad sera penado con la prisión y a su vez con una multa a pagar en unidades tributarias.
Capítulo V
De los delitos contra el orden Económico
Artículo 25:
Cuando se refiere a la aprobación de propiedad intelectual quiere decir aquella persona que sin autorización consiga un provecho económico que divulge sotfware u otro tipo de intelecto que involucre sistemas que usen tegnologías de información sera penado con la prisión y pagará una multa de unidades tributarias.
Artículo 26:
La persona que ofresca engañosamente bienes o servicios mediante el uso de tegnologías de información y no niege sera multado y pagará gran cantidad de unidades tributarias y a la vez sera condenado a prisión.
Cuando se refiere a la aprobación de propiedad intelectual quiere decir aquella persona que sin autorización consiga un provecho económico que divulge sotfware u otro tipo de intelecto que involucre sistemas que usen tegnologías de información sera penado con la prisión y pagará una multa de unidades tributarias.
Artículo 26:
La persona que ofresca engañosamente bienes o servicios mediante el uso de tegnologías de información y no niege sera multado y pagará gran cantidad de unidades tributarias y a la vez sera condenado a prisión.
Título III. Dispociciones comunes:
Artículo 27:
Cuando en la ley se habla o refiere a los agravantes, la pena corrrespondiente a los delitos previstos en la ley se incrementará entre un tercio y la mitad.
Cuando en la ley se habla o refiere a los agravantes, la pena corrrespondiente a los delitos previstos en la ley se incrementará entre un tercio y la mitad.
Artículo 28:
Cuando se trata de agravantes especial, la sanción sera aplicable a personas jurídicas por los delitos cometidos en las condiciones del artículo 5 y sera únicamente de multa.
Cuando se trata de agravantes especial, la sanción sera aplicable a personas jurídicas por los delitos cometidos en las condiciones del artículo 5 y sera únicamente de multa.
Artículo 29:
Ademas
de las penas principales previstas anteriormente existe un conjunto de
penas accesorias que se impondran según la necesidad y sin perjuicos con
relación al código penal.
Artículo 30:
El tribunal podrá disponer, además, la publicación o difusión de la sentencia condenatoria por el medio que considere más idóneo.
Artículo 31:
El juez podrá indemizar a las personas que hallan cometido un delito de los capítulos II y V de esta ley.
El tribunal podrá disponer, además, la publicación o difusión de la sentencia condenatoria por el medio que considere más idóneo.
Artículo 31:
El juez podrá indemizar a las personas que hallan cometido un delito de los capítulos II y V de esta ley.
Título IV. Dispociciones Finales
Artículo 32:
La presente ley entrerá en vigencia, treinta días después de su publicación en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 33:
Se deroga cualquier dispocición que colida con la presente ley.
La presente ley entrerá en vigencia, treinta días después de su publicación en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 33:
Se deroga cualquier dispocición que colida con la presente ley.
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